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Afiliaciones

Inscripción

Cotizante: Se considera inscrito a una EPS desde el momento en que ésta recibe y sella el formulario único de Afiliación (FUA) con los documentos correspondientes.

Afiliación

Ésta se debe hacer efectiva únicamente con el pago de la cotización, la cual es indispensable para que el usuario pueda beneficiarse de la cobertura integral. Tratándose de traslados, la EPS anterior podrá objetar dicho traslado cuando no se cumplan los requisitos de movilidad establecidos por la normativa legal vigente.

Documentos necesarios para la afiliación.

En el momento de la inscripción:

  • Original del Formulario Único de Afiliación (según sea trabajador dependiente, independiente o pensionado), debidamente diligenciado y firmado por el cotizante y empleador, sí es el caso.
  • Para Trabajadores Independientes se requiere Presunción de ingresos o contrato de prestación de servicios.
  • Declaración del estado de salud de cada uno de los afiliados, firmado por el cotizante en caso de los menores de edad.
  • Convenio de asociación, cuando se trate de una asociación o una precooperativa de trabajo asociado o cooperativa de trabajo asociado.

Documentos EPS

Por disposiciones del Decreto 1703 de 2002, los siguientes son los documentos exigidos por las EPS para certificar legalmente la afiliación de los beneficiarios y el cotizante al Plan Obligatorio de Salud (POS).

Su incumplimiento acarreará sanciones que van desde la suspensión del servicio hasta la cancelación definitiva de la afiliación, perdiendo así la antigüedad en el Sistema General de Seguridad Social en Salud:

  • Cónyuge: Registro de Matrimonio
  • Compañero(a) permanente: Declaración juramentada firmada por el cotizante y su compañero(a) en la que conste la convivencia igual o superior a dos años.
  • Hijos menores de 18 años: Registro Civil de nacimiento de cada uno de ellos.
  • Hijos entre los 18 y 25 años que sean estudiantes: Registro Civil de nacimiento y certificación expedida por el establecimiento educativo donde conste escolaridad, periodo y dedicación académica. Además la declaración juramentada en la que conste la dependencia económica.
  • Hijos mayores de 18 años con incapacidad permanente: Certificación expedida por el médico tratante y declaración juramentada en la que conste la dependencia económica.
  • Parientes hasta tercer grado de consanguinidad: Registro Civil de nacimiento de cada uno de ellos y declaración juramentada en la que conste la dependencia económica.
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