Afiliado nuevo
- Dependiente: Tendrá vigencia a partir del momento de la afiliación, sólo por urgencias durante los primeros treinta (30) días, una vez cumplido este periodo y realizado el pago correspondiente tendrá cubrimiento integral.
- Independiente: tendrá vigencia a partir del momento de la afiliación, una vez haya realizado el pago correspondiente tendrá cubrimiento integral.
Afiliado de traslado
El traslado entre EPS sólo podrá efectuarse después de un año (12 meses) de afiliación y se dará vigencia el primer día del mes subsiguiente a la solicitud de afiliación a la nueva EPS, siempre y cuando no tenga tratamientos en curso, caso en el cual deberá finalizarlos en su EPS anterior.