Medicina Prepagada

Bogotá 7 46 46 46
Cali 4 86 86 86
Barranquilla 3 85 33 33
Medellín 4 93 70 00

El resto del Pais

01 8000 123700

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Urgencias

Buscando que su permanencia en el Servicio de Urgencias sea lo más grata posible, le sugerimos tener en cuenta:

Definición de Urgencias:

Alteración de la integridad física o mental de una persona causada por trauma o por enfermedad de cualquier origen que genere una demanda de atención Médica inmediata y efectiva, tendiente a disminuir los riesgos de invalidez y muerte.

Para poder atender las urgencias,  por el alto volumen de pacientes que acuden buscando nuestra ayuda, se deben clasificar los pacientes de acuerdo con su gravedad, y esta clasificación se llama TRIAGE. El triage nos indica qué pacientes se deben atender primero, para resolver inicialmente los más graves y continuar con los menos graves.

Todo paciente que solicite una atención inicial de urgencias será atendido de acuerdo con el triage.

  • Paciente con TRIAGE 1: Paciente que presenta una situación que amenaza la vida en corto tiempo, que requiere atención inmediata y activación del equipo de reanimación.
  • Paciente con TRIAGE 2: Pacientes con cuadros clínicos agudos que presentan riesgo de entrar en inestabilidad hemodinámica, séptica, ventilatoria, neurológica o  metabólica, o generar secuelas.

Se deben atender en promedio en las dos primeras horas a su ingreso, dependiendo de su condición clínica.

  • Paciente con TRIAGE 3: Es el paciente que presenta una enfermedad o lesión que  NO pone en riesgo su vida en forma inmediata ni representa un riesgo evidente de complicación y puede ser atendido e promedio dentro de las siguientes 4 a 6 horas.
  • Paciente con TRIAGE 4: Es el paciente cuya  enfermedad posiblemente no representa una urgencia y puede ser también atendido en una consulta prioritaria entre  las siguientes 6 a 24 horas.

Si su enfermedad no es una Urgencia, Usted debe solicitar  su atención por Consulta Externa o una consulta prioritaria a  su EPS.

Recuerde que según el artículo 10 de la Resolución 5261 de 1994 "En todo caso es el médico quien define esta condición y cuando el paciente utilice estos servicios sin ser una urgencia deberá pagar el valor total de la atención”.

Si tiene alguna inquietud, duda o sugerencia puede dirigirse al funcionario de “Atención al Usuario”, al punto de Atención al Usuario ubicado en el primer piso o a los buzones de sugerencias.

Siempre que acuda al Servicio de Urgencias, recuerde traer sus documentos de identidad y el carné  de la EPS para poder realizar su identificación, y agilizar el trámite de facturación a su EPS.

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